AYUNTAMIENTO DE PAONIA
214 GRAND AVENUE
AGENDA DE LA REUNIÓN ORDINARIA DE LA JUNTA DEL AYUNTAMIENTO
MARTES, 09 DE ABRIL DE 2024 6:30 P. M.
HTTPS://US02WEB.ZOOM.US/J/81395961882
IDENTIFICADOR DE LA REUNIÓN: 813 9596 1882
Participación del público: Debe levantar la mano y ser reconocido por el Alcalde, acercarse al podio y declarar su nombre y la calle en la que vive. El límite de tiempo es de 3 minutos, una vez por elemento. Dirija todos los comentarios al Alcalde. No habrá respuestas por parte del personal o de la Junta durante la reunión. No se permitirán declaraciones despectivas o humillantes ni exhibiciones públicas. Por favor, sea respetuoso.
Llamada de asistencia
Aprobación de la agenda
Anuncios
Comentarios del público
Cualquier tema no incluido bajo Acciones y presentaciones; límite de tiempo de 3 minutos.
Agenda de conjunto
- LLL 2024-106 Curiel LLC dba Rio Bravo Renovación de la licencia de licor
- Acta de la reunión ordinaria del 26 de marzo de 2024
- SEP 2024-05 Mercado de agricultores Arbol
- Pagos
Informes del personal
Administrador del pueblo
Jefe de policía
Acciones y presentaciones
Los comentarios del público deben estar relacionados con el elemento de la agenda, límite de tiempo de 3 minutos.
Elemento de la agenda #1 Orden de trabajo RESPEC Estándares de ingeniería y construcción de agua potable y aguas residuales
Informes del Alcalde y de los fideicomisarios
Informe del Alcalce
Clausura
ADOPTADA POR:
AYUNTAMIENTO DE PAONIA, COLORADO
RESOLUCIÓN N.º 2017-10 – Modificada el 22 de mayo de 2018
I. REGLAS DE PROCEDIMIENTO
Sección 1. Calendario de reuniones. Las reuniones ordinarias de la Junta de Fideicomisarios se celebrarán los segundos y cuartos martes de cada mes, excepto en días festivos legales, o según lo reprogramado o modificado y publicado en la agenda antes de la reunión programada.
Sección 2. Oficial presidente. Las reuniones de la Junta de Fideicomisarios serán conducidas por el Alcalde o, en ausencia del Alcalde, el Alcalde Pro-Tem. El Secretario del Pueblo o un designado de la Junta llevará el acta de las reuniones.
Sección 3. Hora de las reuniones. Las reuniones ordinarias de la Junta de Fideicomisarios comenzarán a las 6:30 p. m. o según lo programado y publicado en la agenda. Los miembros de la Junta serán llamados a la sesión por el Alcalde. Las reuniones se abrirán con el presidente conduciendo a la Junta en el Juramento de Fidelidad. El Secretario del Pueblo procederá entonces a hacer la llamada de asistencia, anotará las ausencias y anunciará si hay quórum presente. Las reuniones ordinarias están programadas para tres horas y se clausurarán a las 9:30 p. m., a menos que la mayoría de la Junta vote a favor de extender la reunión, por una cantidad específica de tiempo.
Sección 4. Calendario de asuntos. Si hay quórum presente, la Junta de Fideicomisarios procederá con los asuntos pendientes, los cuales se llevarán a cabo de la siguiente manera. Tenga en cuenta que todos los tiempos proporcionados son estimados:
(a) Llamada de asistencia - (5 minutos)
(b) Aprobación de la agenda - (5 minutos)
(c) Anuncios (5 minutos)
(d) Reconocimiento de visitantes y invitados (10 minutos)
(e) Agenda de conjunto que incluye la aprobación del acta de la reunión anterior (10 minutos)
(f) Informe del Alcalde (10 minutos)
(g) Informes del personal: (15 minutos)
(1) Informe del Administrador del Pueblo
(2) Informes de Obras Públicas
(3) Informe de la Policía
(4) Informe del Tesorero
(h) Asuntos pendientes (45 minutos)
(i) Nuevos asuntos (45 minutos)
(j) Pagos (15 minutos)
(k) Informes de las comisiones (15 minutos)
(l) Clausura
- Este orden del día está sujeto a cambios y enmiendas.
Sección 5. Prioridad y orden de los asuntos. Las preguntas relativas a la prioridad del orden de los asuntos serán decididas por el Alcalde sin debate, sujetas en todos los casos a un recurso ante la Junta de Fideicomisarios.
Sección 6. Conducta de los miembros de la Junta. Los miembros de la Junta del Pueblo tratarán a otros miembros de la Junta y al público con una actitud civil y cortés, y cumplirán con las Normas de Conducta para los Funcionarios Electos del Pueblo. Los miembros de la Junta se dirigirán al Personal del Pueblo y al Alcalde por su título, a otros miembros de la Junta por el título de Fideicomisario o el honorífico correspondiente (es decir: Sr., Sra. o Srta.), y a los miembros del público por el honorífico correspondiente. Sujeto a la discreción del Alcalde, se limitará a los miembros de la Junta el derecho a hablar dos veces cuando debatan un asunto en la agenda. Hacer una moción, hacer una pregunta o hacer una sugerencia no se cuentan como hablar en un debate.
Sección 7. Presentaciones ante la Junta. Los asuntos de la agenda presentados por individuos, empresas u otras organizaciones tendrán hasta 5 minutos para hacer una presentación. En ciertos asuntos, se podrá dar más tiempo a los presentadores, según determine el Alcalde y el Personal del Pueblo. Después de la presentación, se dará a los Fideicomisarios la oportunidad de hacer preguntas.
Sección 8. Comentarios del público. Después de que concluya la discusión sobre un asunto de la agenda por parte de la Junta de Fideicomisarios, el Alcalde abrirá la palabra para que los miembros del público comenten o hagan preguntas sobre dicho asunto de la agenda. Cada miembro del público que desee dirigirse a la Junta del Pueblo será reconocido por el presidente de la sesión antes de hablar. Los miembros del público hablarán desde el atril, indicando su nombre, la dirección de su residencia y cualquier grupo que representen antes de hacer un comentario o pregunta. Los comentarios se dirigirán al Alcalde o al presidente de la sesión, no a un Fideicomisario individual o empleado del Pueblo. Los comentarios o preguntas deben limitarse al asunto de la agenda o a los asuntos bajo discusión. El orador debe ofrecer información factual y abstenerse de usar lenguaje obsceno y ataques personales.
Sección 9. Conducta inaceptable. La conducta disruptiva dará lugar a la expulsión de la reunión.
Sección 10. Publicación de las Normas de Procedimiento para las Reuniones de la Junta de Fideicomisarios del Pueblo de Paonia. Estas normas de procedimiento se proporcionarán en la sala de reuniones del Ayuntamiento para cada reunión de la Junta de Fideicomisarios, de modo que todos los asistentes sepan cómo se llevará a cabo la reunión.
II. AGENDA DE CONSENTIMIENTO
Sección 1. Uso de la Agenda de Consentimiento. El Alcalde, trabajando con el personal del Pueblo, deberá incluir elementos en la Agenda de Consentimiento. Al utilizar una Agenda de Consentimiento, la Junta ha consentido a la consideración de ciertos elementos como un grupo bajo una única moción. Si se utiliza una Agenda de Consentimiento en una reunión, se permitirá un tiempo de discusión apropiado para revisar cualquier elemento a solicitud.
Sección 2. Directrices generales. Los elementos para el consentimiento son aquellos que por lo general no requieren discusión o explicación previa a la acción de la Junta, son no controversos y/o similares en contenido, o son aquellos elementos que ya han sido discutidos o explicados y no requieren mayor discusión o explicación. Tales elementos de la agenda pueden incluir tareas ministeriales tales como, pero no limitadas a, la aprobación de las actas de reuniones anteriores, la aprobación de informes del personal, el abordaje de correspondencia rutinaria, la aprobación de renovaciones de licencias de bebidas alcohólicas y la aprobación o prórroga de otras licencias del Pueblo. Los cambios menores en las actas, como errores no materiales de Scribner, pueden realizarse sin retirar las actas de la Agenda de Consentimiento. Si algún Fideicomisario considera que existe un error material en las actas, deberá solicitar que se retiren las actas de la Agenda de Consentimiento para su discusión por parte de la Junta.
Sección 3. Retirada del elemento de la Agenda de Consentimiento. Uno o más elementos pueden ser retirados de la Agenda de Consentimiento mediante una solicitud oportuna de cualquier Fideicomisario. Una solicitud es oportuna si se realiza antes del voto sobre la Agenda de Consentimiento. La solicitud no requiere una segunda moción ni un voto por parte de la Junta. Un elemento retirado de la Agenda de Consentimiento será entonces discutido y actuado sobre por separado, ya sea inmediatamente después de la consideración de la Agenda de Consentimiento o colocado más tarde en la agenda, a discreción de la Junta.
III. SESIÓN EJECUTIVA
Sección 1. Una sesión ejecutiva solo puede ser convocada en una reunión ordinaria o extraordinaria de la Junta donde se pueda tomar acción oficial por parte de la Junta, no en una sesión de trabajo de la Junta. Para convocar una sesión ejecutiva, la Junta deberá anunciar al público en la reunión abierta el tema que se discutirá en la sesión ejecutiva, incluyendo la cita específica de la estatuto que autoriza a la Junta a reunirse en sesión ejecutiva e identificando el asunto particular que se discutirá «con tanto detalle como sea posible sin comprometer el propósito para el cual está autorizada la sesión ejecutiva». En caso de que la Junta planee discutir más de uno de los temas autorizados en la sesión ejecutiva, cada uno debe ser anunciado, citado y descrito. Tras el anuncio de la intención de convocar una sesión ejecutiva, debe entonces hacerse y secundarse una moción. Para entrar en sesión ejecutiva, debe existir el voto afirmativo de dos tercios (2/3) de los Miembros de la Junta.
Sección 2. Durante la sesión ejecutiva, no se deben tomar actas o notas de las deliberaciones. Dado que las actas de la reunión están sujetas a inspección conforme a la Ley de Registros Abiertos de Colorado, la elaboración de actas anularía el carácter privado de la sesión ejecutiva. Además, las deliberaciones llevadas a cabo durante la sesión ejecutiva no deben discutirse fuera de dicha sesión ni con personas que no participen en la misma. Los contextos de una sesión ejecutiva deben permanecer confidenciales a menos que una mayoría de los fideicomisarios vote para divulgar el contenido de la sesión ejecutiva.
Sección 3. Una vez que las deliberaciones se han llevado a cabo en sesión ejecutiva, la Junta debe reanudar la reunión ordinaria para tomar cualquier acción formal decidida durante la sesión ejecutiva. Si tiene preguntas sobre la redacción de la moción o si debe divulgarse otra información en el acta, es esencial que consulte con el Abogado del Pueblo sobre estos asuntos.
IV. SUJETO A ENMIENDA
Sección 1. Desviaciones. La Junta puede apartarse de los procedimientos establecidos en esta Resolución, si, a su entera discreción, tal desviación es necesaria según las circunstancias.
Sección 2. Enmienda. La Junta puede enmendar estas Normas de la Política de Procedimientos de vez en cuando.